Como parte de su malla curricular en la materia de Libre Elección (con valor de 20 créditos) en el 9° Semestre de las licenciaturas, los alumnos tienen como opción realizar una Práctica Profesional, con los siguientes requisitos obligatorios:
- Convenio de 5 meses de actividades con 6 horas diarias (para cubrir 600 horas equivalentes a los 20 créditos de Libre Elección)
- Recibir una remuneración mensual de al menos un salario mínimo profesional vigente en el estado de Nuevo León.
- Es obligación de la empresa dar al estudiante un seguro que garantice la atención médica y hospitalaria en caso de accidente o atentado contra la salud durante el traslado y realización de la práctica profesional, excluyendo las afiliaciones a los servicios de salud públicos. (No se acepta IMSS).
Como parte de su malla curricular en la materia Optativa ACFP-I (con valor de 20 créditos) en el 9° Semestre de las licenciaturas, los alumnos tienen como opción realizar una Práctica Profesional, con los siguientes requisitos obligatorios:
- Convenio de 5 meses de actividades con 6 horas diarias (para cubrir 600 horas equivalentes a los 20 créditos de Libre Elección)
- Recibir una remuneración mensual de al menos un salario mínimo profesional vigente en el estado de Nuevo León.
- Es obligación de la empresa dar al estudiante un seguro que garantice la atención médica y hospitalaria en caso de accidente o atentado contra la salud durante el traslado y realización de la práctica profesional, excluyendo las afiliaciones a los servicios de salud públicos. (No se acepta IMSS).
Teniendo cubierto el 50% de los créditos de tu plan de estudios (iniciando tu 6to semestre, teniendo inscritas todas tus materias correspondientes) puedes iniciar un proceso de prácticas no curriculares.
- La duración del convenio con la empresa puede ser de mínimo 2 y máximo 6 meses con un tiempo máximo de dedicación de 6 horas diarias.
- Debes recibir una remuneración mensual de al menos un salario mínimo profesional vigente en el estado de Nuevo León.
- Es obligación de la empresa dar al estudiante un seguro que garantice la atención médica y hospitalaria en caso de accidente o atentado contra la salud durante el traslado y realización de la práctica profesional, excluyendo las afiliaciones a los servicios de salud públicos. (No se acepta IMSS).